- Arquitectos o arquitectos técnicos.
- Otro técnico facultativo determinado por la Orden Ministerial incluida en la Disposición Final Primera del Real Decreto Legislativo 7/2015.
El técnico visitará el edificio e informará a la Comunidad de Propietarios de los trámites a realizar. El plazo previsto para elaborar el informe ronda la semana y se extiende tanto al edificio como a todas las viviendas y locales que le pertenezcan.
El IEE debe presentarse ante el Ayuntamiento correspondiente, que lo incluirá en el Registro General de Evaluación de Edificios de la Comunidad Autónoma en la que se halle.

